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Regulaciones locales:
1. Condado de Los Ángeles:
- *permitido con ciertas restricciones *:
- En una propiedad propiedad del dueño de la mascota
- enterrado a una profundidad de al menos 3 pies
- encerrado en un contenedor que evita el escape de fluidos u olores
2. San Francisco:
- *Regulaciones poco claras *:
- No hay leyes explícitas que prohíban el entierro del patio trasero de las mascotas
- Sin embargo, se recomienda confirmar con el departamento local de control de animales o de salud
3. San Diego:
- *permitido con restricciones *:
- En un lugar que está a al menos 100 pies de cualquier fuente de agua
- enterrado al menos 2 pies de profundidad
- encerrado en un contenedor impermeable
4. Condado de Sacramento:
- *requiere un permiso *:
- Necesita un permiso del Departamento de Regulación y Cuidado de Animales del Condado
- Los requisitos específicos pueden variar
Consulte a las autoridades locales:
- Es crucial consultar con los funcionarios locales de control de animales o de salud para comprender las regulaciones específicas en su área.
- Las regulaciones locales pueden cambiar con el tiempo, por lo que es esencial confirmar las reglas actuales antes de enterrar a una mascota en el patio trasero.